Ya van 5 excarcelaciones de agresores sexuales en la Región tras la ley del 'solo sí es sí'

Son datos de la Audiencia Provincial de Murcia y el Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJMU)
Fachada principal de la Ciudad de la Justicia de Murcia (foto: Europa Press)
Fachada principal de la Ciudad de la Justicia de Murcia (foto: Europa Press)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha informado este jueves de que hasta ahora se han producido al menos 24 rebajas de pena y 5 excarcelaciones en la Región de Murcia debido a las revisiones efectuadas por la conocida como 'ley del solo sí es sí', según los datos que ha recabado de la Audiencia Provincial y del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJMU).

En concreto, desde la puesta en marcha de la norma, el 7 de octubre de 2022, hasta el 27 de febrero de este ejercicio, la Audiencia de Murcia ha revisado 54 sentencias firmes, de las que 21 han supuesto reducción de pena y 5 han derivado en excarcelaciones de presos. Por su parte, el TSJMU ha revisado un total de 5, de las que 3 han conllevado rebaja de penas y ninguna salida de prisión.

En el conjunto del país, los tribunales han acordado al menos 721 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, según los datos recabados hasta el día 1 de marzo por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias Provinciales.

El órgano de gobierno de los jueces precisa que el Tribunal Supremo ha efectuado 10 rebajas de condena sin propiciar ninguna excarcelación, mientras que los Tribunales Superiores de Justicia han reducido penas en 37 casos dando lugar a una salida de prisión. En las audiencias provinciales se concentra el grueso, con 674 rebajas y 73 excarcelaciones.

También especifica que los datos incluyen, además de rebajas y excarcelaciones, "las absoluciones comunicadas" como consecuencia "de la destipificación del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre 16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código Penal anterior a la reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022".

No obstante, advierte de que "no todos los órganos judiciales han aportado esta información". Aclara que "no se dispone del dato global de asuntos ya revisados, en trámite o pendientes de revisar por los órganos judiciales", indicando que "algunos de estos han manifestado la dificultad que la huelga que mantienen los Letrados de la Administración de Justicia supone" en ese sentido.

En la misma línea, subraya que "los datos ofrecidos tampoco incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los juzgados de lo penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta 5 años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales".

En cualquier caso, el CGPJ ha informado de que su Comisión Permanente ha acordado en su cónclave de este jueves que "esta información será actualizada periódicamente y hecha pública".

AVISA SOBRE POSIBLES RECURSOS

No obstante, destaca que "los órganos judiciales de Madrid sí han comunicado que hasta la fecha de remisión de datos --16 de febrero-- habían tramitado el 84% de las resoluciones susceptibles de revisión de las que tenían constancia, mientras que el TS ha informado de que existen 224 recursos de casación pendientes en los que se ha dado traslado a las partes para que efectúen alegaciones (...) en el asunto concreto, habiéndose resuelto 26 hasta la fecha de entrega de datos".

Además, advierte de que "contra las resoluciones dictadas por las audiencias provinciales en el trámite de revisión caben los mismos recursos que contra las sentencias de instancia".

"Así, en aquellos supuestos en los que el Tribunal Superior de Justicia ha revocado, por vía de recurso, alguna sentencia de la audiencia provincial que hubiera acordado una reducción de pena, dicha reducción se ha descontado del cómputo global que ofrecen los datos", explica.

Y añade que, "del mismo modo, los datos correspondientes a los TSJ pueden reflejar resoluciones que hayan estimado el recurso presentado contra una resolución de la audiencia provincial en la que se hubiera denegado la reducción de pena".