TRIBUNALES

La Audiencia Provincial de Murcia revisará a la baja las penas de los agresores pese a la ley del 'Sí es sí'

Los jueces isempre avisarán a la víctima de la modificación de la sentencia para que se oponga o recurra si lo considera oportuno
Palacio de Justicia de Murcia
Palacio de Justicia de Murcia

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Murcia han decidido, en un pleno que se celebró el 25 de noviembre, unificar criterios tras la polémica generada por la entrada en vigor de la ley del 'Sólo sí es sí'. Según el criterio de los magistrados murcianos, la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad liderado por Irene Montero, "no ha fijado en el texto de la misma previsión específica de revisión, no obstante lo cual, es obligado dicho trámite, atendiendo al principio de retroactividad de la ley penal más favorable acogido en el artículo 2.2 del Código Penal con carácter general, en relación con el artículo 9.3 de la Constitución Española".

Esto, en la práctica, significa que los jueces se verán obligados a revisar a la baja las sentencias cuando las penas que en su momento se impusieron sean mayores a las establecidas en la nueva ley. Este criterio coincide con el de la mayoría de las Audiencias Provinciales que se han pronunciado hasta ahora. 

Los magistrados aplican el criterio de que la condena debe ser siempre la más favorable al reo dentro del ordenamiento jurídico. "Para fijar la norma penal más favorable habrá de estarse a la antigua o nueva regulación penal en bloque, atendiendo al caso concreto con sus circunstancias concurrentes y de acuerdo con el principio de proporcionalidad".

Además, los magistrados han decidido que se le comunicará personalmente a la víctima, se encuentre o no personada en el procedimiento, el auto que se dicte, "informándola de su derecho a personarse en la ejecutoria (de no estarlo con anterioridad) y de recurrir el auto dictado en caso de mostrar su disconformidad con el mismo".