Bases del concurso de «Campaña 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer»

1. OBJETO

CBM SERVICIOS AUDIOVISUALES, S.L.U., sociedad de nacionalidad española, con domicilio social en Molina de Segura, Murcia (30.500), Calle Cuesta del Puente nº22, y número de identificación fiscal B-18911651 (en adelante, «CBM»), sociedad adjudicataria del Contrato de Gestión Indirecta del Servicio de Comunicación Audiovisual de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del cual gestiona de forma indirecta el canal de televisión 7 Televisión Región de Murcia («La 7») organiza un concurso en el contexto del día 8 de Marzo, Día Internacional de la Mujer, para su difusión a través de La7 (en adelante, «el Concurso»).

2.- PERSONAS LEGITIMADAS

Únicamente podrán participar en el Concurso las personas que reúnan los siguientes requisitos (en adelante, «los Concursantes»):

  • Ser mayor de dieciséis años y residente en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Este requisito debe cumplirse desde el inicio de la participación en el Concurso. Toda aquella persona mayor de dieciséis años que no supere la mayoría de edad legal en el momento de presentación de la candidatura deberá contar con la respectiva autorización expresa y firmada de su/s representante/s legal/es para la participación en el Concurso, siendo éste un requisito indispensable para tener en cuenta su candidatura.
  • Ser estudiante, en el momento de presentación de la candidatura, de cualquier sistema de educación reglada (educación secundaria, formación profesional o universitaria) en un Centro de Formación sito en la Región de Murcia, cursando o habiendo cursado cualquier materia o asignatura relacionada con comunicación audiovisual y/o periodismo. Asimismo, la convocatoria también está abierta para la presentación de candidaturas a aquellos estudiantes recién titulados, graduados o que hayan terminados sus estudios durante el año 2022.
  • Cumplir las fases del Concurso.

Solamente se permitirá UNA (1) única participación por persona en el Concurso y únicamente se tendrá en cuenta la primera candidatura de cada participante. Las participaciones que no cumplan con todos los requisitos serán descartadas automáticamente.

3.- ÁMBITO TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN

El Concurso se celebra en dos hitos temporales:

  • Primera fase: a contar desde el 16 de enero de 2023 hasta el 5 de marzo de 2023 (ambos inclusive). PRESENTACIÓN DE TRABAJOS.
  • Segunda fase: a contar desde el 5 hasta el 8 de marzo de 2023 (ambos inclusive). DELIBERACIÓN Y FALLO DEL JURADO.

4.- ELEMENTOS DE COMUNICACIÓN

La mecánica del Concurso, así como los datos y videos o audios de los Concursantes podrán ser comunicados en cualquier medio de comunicación, incluyendo tanto La7 como sus perfiles en las principales redes sociales (entre otras, WhatsApp, Instagram, Facebook, Youtube, Twitter...) o la de cualquiera de los colaboradores o patrocinadores del Concurso, en su caso.

5.- CONCEPTO GENERAL, MECÁNICAS Y PREMIOS

5.1. Concepto general

El Concurso consiste en la elección por parte de un Jurado compuesto por profesionales de reconocido prestigio (en adelante, el «Jurado») de la mejor campaña publicitaria presentada por los Candidatos, la cual deberá constar de un spot publicitario para televisión (en adelante, el «Spot televisivo») en el contexto del “8 de marzo , Día Internacional de la Mujer”, sobre temáticas que, a modo enunciativo y no limitativo, podrán tratar la concienciación sobre el papel de la mujer en nuestra sociedad, la lucha por la igualdad, la visibilidad, el empoderamiento de la mujer, entre otras. 

El Spot televisivo deberá estar locutadas y/o escrito en castellano, ser original e inédito y contar con una duración de un mínimo de veinte (20) segundos, y hasta un máximo de treinta segundos (30).

No será admitido ningún spot televisivo que atente contra el honor de las personas o las instituciones, así como aquel que infrinja cualquier normativa autonómica estatal vigente y de aplicación, en especial a aquella que pueda infringir la normativa reguladora de la Publicidad o en materia audiovisual como la vigente Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad o la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

5.2. Mecánicas. Selección de campañas publicitarias

La participación en el Concurso se dividirá en dos fases, que tendrán lugar en las fechas indicadas en el apartado 3, y que consistirán en lo siguiente:

  1. Fase 1ª: Cada Concursante deberá enviar, dentro del plazo establecido en el apartado tercero, a través de la dirección de correo electrónico habilitada para el Concurso ([email protected]) su propuesta de spot televisivo con los requisitos establecidos en el apartado anterior. El Spot Televisivo deberá ser producido y grabado por cada Concursante con los medios propios de los que disponga o estén a su alcance. El Spot Televisivo deberá ser enviado preferiblemente en formato MXF XDCAM HD 422 1080I50 con el audio en 48KHZ, o en su defecto, en formato MP4. Para su admisión en el envío del Spot Televisivo, el Concursante deberá detallar en el correo electrónico los siguientes datos; Nombre y apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico y teléfono de contacto, así como el detalle de los estudios que actualmente se encuentra cursando con mención al centro educativo en el que se forma y una explicación justificativa del Spot Televisivo que presenta al Concurso.
  2. Fase 2ª: Una vez finalizado el plazo establecido para la primera fase, habiéndose recibido los Spot Televisivos enviados por los Concursantes en el plazo establecido, éstos serán analizados por el Jurado, quién elegirá de entre todos los Spots Televisivos presentados que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, a los tres mejores de común acuerdo.

Una vez seleccionados los tres mejores Spot Televisivos, los miembros del Jurado votarán al que consideren el mejor de entre ellos, siendo el más votado el que se considere ganador del Concurso y será galardonado con el Premio. En caso de empate entre las candidaturas finalistas en una primera ronda de votación, los miembros de Jurado decidirán de forma consensuada el Ganador del Concurso en una segunda votación.

El Jurado estará conformado por cuatro (4) profesionales de reconocido prestigio en la Región de Murcia, y será el encargado de seleccionar, de común acuerdo, a los tres finalistas y, entre ellos, al Concursante Ganador del Concurso. El Spot Publicitario designado como Ganador del Concurso se emitirá a través de La 7 y/o sus diferentes canales o redes sociales a partir del día 8 de marzo de 2023. Los otros dos Concursante seleccionados como finalistas serán distinguidos con una mención especial que se comunicará, junto con la elección del Ganador, a través de La7 y sus redes sociales el día 8 de marzo de 2023. Asimismo, las CBM se reserva la facultad de celebración de una rueda de prensa o la publicación de la correspondiente nota de prensa informativa del resultado y el Ganador y los finalistas del Concurso a través de La7, sus páginas web o sus perfiles en Redes Sociales.

El Jurado del Concurso que llevará a cabo la selección de las Campañas Publicitarias y la elección del Ganador y los finalistas estará conformado por los siguientes miembros:

  • La consejera de Protección Social, Familias e Igualdad de la CARM o persona en la que delegue.
  • Director general de La7, o persona en quien él delegue.
  • Un profesional de La7, especializado en la realización audiovisual y/o la producción de campañas publicitarias televisivas.

5.3. Premio

El premio que el Concursante ganador obtendrá será (i) una cantidad de QUINIENTOS EUROS (500.-€), cantidad a la que deberán aplicarse los impuestos o retenciones que, en su caso, sean de aplicación, (ii) la emisión y difusión del Spot Televisivo presentado al Concurso, elegido ganador por el Jurado, a través de La7, como parte de la publicidad de La 7 y/o mediante la difusión de este y del Ganador en los programas y contenidos de La7, a partir del día 8 de marzo de 2023.

6.- ELECCIÓN DEL GANADOR

Se considerará ganador a aquel usuario que, tras superar la Fase 1ª y Fase 2ª sea elegido por el Jurado y nombrado ganador del Concurso.

7.- CONDICIONES DE LOS PREMIOS

7.1. El Concursante consiente expresamente, y por el mero hecho de participar en el presente Concurso, que CBM o sus cesionarias, puedan utilizar sus datos personales, así como explotar las fotografías, imágenes, videos y/o locuciones que componen el Spot Televisivo presentado al Concurso, con fines comerciales y/o publicitarios, sin limitación territorial ni temporal alguna, y sin que se genere remuneración alguna a favor del participante. En este sentido, CBM se reserva su facultad de comprobar los datos y los requisitos establecidos en el apartado segundo de estas bases de cualquiera de los concursantes que se hayan presentado al Concurso y, en su caso, del Ganador del Premio, pudiendo requerir cualquier documento acreditativo de tales requisitos, así como descartar cualquier candidatura de aquel concursante que no cumpla con todas las condiciones para su participación. Los Concursantes, mediante la aceptación de estas bases, dan su consentimiento expreso y autorización a CBM para mostrar, en su caso, las candidaturas presentadas, a través de La7, su página web, canal streaming y cualquier medio de difusión de esta cadena, incluidas las Redes Sociales, sin necesidad de aviso ni compensación por la concesión de tal derecho. Asimismo, los Concursantes finalistas y el declarado como Ganador del Premio mediante la aceptación del mismo, autorizan la captación y fijación de su imagen y voz mediante procedimientos audiovisuales y sonoros, con el propósito de que CBM o sus cesionarios puedan incorporarlas en la grabación de la comunicación de los premiados que, en su caso, lleve a cabo La7, sin que ello dé lugar a obligación de contraprestación alguna, quedando informados de que dicha autorización permitirá a CBM o a sus cesionarios tratar las grabaciones y el Spot Televisivo, con ellas su imagen, incluido su nombre, en su caso, en la forma en que haya quedado incorporada a las mismas, con la finalidad expresada en el apartado anterior, en exclusiva y con capacidad de cesión a terceros, en todo el mundo, por el máximo plazo de duración reconocido en las leyes y a través de las modalidades de explotación que CBM o sus cesionarios consideren oportunos. Sin perjuicio de lo contemplado en las presentes bases, el Ganador del Premio se compromete a firmar el correspondiente documento de cesión de derechos de imagen o aquellos otros documentos que sean requeridos por CBM, antes de la comunicación pública del Spot Televisivo, en el cual se detallen las cesiones de derechos y las condiciones para la emisión de dicho spot a través de La7.

7.2. Los premios obtenidos son intransferibles.

7.3. No se incluyen en la participación en el Concurso, ni correrán por parte de CBM, los gastos de producción, grabación, desplazamiento, alojamiento, dietas alimentarias, seguros y cualquier otro gasto en el que incurran los Concursantes para la creación, producción, grabación y el envío del Spot Televisivo presentado al Concurso.

8.- COMUNICACIÓN A LOS GANADORES Y CONFIRMACIÓN DEL PREMIO

La comunicación a los ganadores y la confirmación del premio se llevará a cabo de acuerdo con lo estipulado en el apartado 5.2.

9.- PROTECCIÓN DE DATOS

De acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 (en adelante RGPD) se informa que el responsable del Tratamiento es CBM que tratarán los datos de carácter personal de los Concursantes con la finalidad de gestionar las candidaturas para la participación en los Premios. La base de legitimación de este tratamiento es el consentimiento al facilitar sus datos mediante el envío de un formulario a través de un correo electrónico facilitado para la participación en el Concurso. Sus datos se conservarán durante el tiempo necesario para la finalidad para la que fueron recogidos. CBM no cederá estos datos a terceros y no realizarán transferencias internacionales. El usuario podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad de sus datos mediante el envío de una comunicación a CBM SERVICIOS AUDIOVISUALES S.L.U, a la dirección Calle Cuesta del Puente nº22, 30500 Molina de Segura, Murcia, o mediante correo electrónico a [email protected] aportando en cualquier caso fotocopia de un documento de identidad. Así mismo, el usuario podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o autoridad de control competente.

Asimismo, los Participantes garantizan que los datos personales facilitados a CBM son veraces y se hacen responsables de comunicar a ésta cualquier modificación en los mismos.

En caso de que el contenido enviado contenga datos de carácter personal de terceros distintos al interesado que lo remite, éste afirma contar con el consentimiento del tercero para el tratamiento de sus datos de carácter personal, eximiendo a CBM de la posible responsabilidad derivada del incumplimiento de la normativa vigente.

10.- RESERVAS Y LIMITACIONES

  • 10.1. CBM se reserva el derecho de anular el presente Concurso o suspenderlo, o bien cambiar algunas de sus condiciones si por causas técnicas o de cualquier otra índole, ajenas a su voluntad, no pudiera cumplir con el normal desarrollo del mismo, según lo estipulado en las presentes Bases.
  • 10.2. Igualmente, CBM podrá declarar nulo el presente Concurso si detecta irregularidades en los datos identificativos de los concursantes premiados.
  • 10.3. CBM descartará aquellas participaciones que puedan considerarse abusivas o fraudulentas.
  • 10.4. CBM se reserva el derecho de cambiar los elementos de los premios incluidos en el presente Concurso por otros de similares o de igual valor cuando concurra justa causa.
  • 10.5. CBM no se hace responsable de la veracidad de los datos facilitados por los concursantes. Por consiguiente, si los datos facilitados no son correctos o tienen errores, no se hacen responsables de no poder contactar con los posibles ganadores para comunicarles el resultado o para gestionar con ellos la entrega del premio.
  • 10.6. CBM se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier concursante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario del presente Concurso.
  • 10.7. Los contenidos de cualquier índole no relacionados con la mecánica del Concurso podrán ser eliminados y no entrarán en el Concurso, así como todos aquellos comentarios que no respeten las presentes Bases ni las buenas costumbres, sean comentarios de carácter ilícito, vandálico, peyorativo, racista, que inciten a actos violentos, tengan carácter publicitario ajeno a la Cadena y sus productos, y/o infrinjan derechos de terceros, incluidos menores, grupos sociales débiles, personas afectadas por minusvalías y/o minorías, o tengan un contenido religioso, sexual y/o político.
  • 10.8. En caso de que el presente Concurso exija la participación a través de cualquier mecánica que se desarrolle en Internet o en redes sociales, CBM excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad de la Web o red social mediante el/la cual se participa en el Concurso, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
  • 10.9. Los participantes autorizan a CBM y a La7 a reproducir, distribuir, transformar y comunicar públicamente fotografías, grabaciones vídeos o audios, así como los Spots Televisivos presentados al Concurso, así como a utilizar y difundir su nombre y apellidos en calidad de concursante, seleccionado, finalista y/o ganador, en cualquier actividad publicitaria y/o promocional relacionada con el presente Concurso, todo ello en cualquier medio (incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de Internet e Internet para telefonía móvil) sin que dichas actividades le confieran derecho de remuneración, contraprestación o beneficio económico alguno.

Adicionalmente, el participante manifiesta que las fotografías, videos audios o comentarios incluidos en el Spot Televisivo no vulneran derechos de terceros. CBM podrá eliminar a aquellos concursantes cuyas fotografías, videos o frases pudieran resultar ilícitas, pudieran herir la sensibilidad de terceros, presenten actividades ilícitas, resulten ofensivas o violen derechos de terceros. CBM quedará exonerada de cualquier reclamación que pudiera producirse en este sentido.

La presente autorización no tiene limitación ni de tiempo ni de territorio.

11.- LEY APLICABLE Y SUMISIÓN JURISDICCIONAL

Para toda controversia que pudiera surgir en la interpretación y aplicación de las presentes Bases, tanto CBM como los participantes en el presente Concurso, se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Murcia con renuncia a su fuero propio si lo hubiere.
CBM se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación del Concurso.

12.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

Se informa a los posibles participantes de que el simple hecho de tomar parte en el Concurso implica la total aceptación de las presentes Bases. La manifestación en contrario por parte del Concursante, implicará la exclusión de éste del Concurso, y CBM quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.