El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha estimado las medidas cautelarísimas solicitadas por el Sindicato Médico de la Región de Murcia (CESM) y ha ordenado ajustar los servicios mínimos de la huelga de facultativos al estándar de un día festivo.
Tras el pronunciamiento judicial, el Servicio Murciano de Salud (SMS) ha comunicado que acatará la resolución en los términos establecidos y que, a partir de este 17 de febrero, quedan suspendidos los servicios mínimos fijados en la orden del 13 de febrero de 2026, debiendo aplicarse únicamente lo dispuesto en el auto.
Suspensión de los servicios mínimos fijados
Según la comunicación remitida por la gerente del SMS, y en cumplimiento del auto dictado por la Sala 1 del TSJ en la pieza de medidas cautelarísimas 1/2026, se adoptan los siguientes cambios:
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Atención Primaria y Centro Regional de Bioquímica y Genética Clínica: se suspenden los servicios mínimos sin nueva fijación.
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Atención Hospitalaria: en plantas de hospitalización se aplicará el modelo de festivo (guardias de 24 horas), con excepción de incidencias urgentes sobrevenidas, pacientes inestables o críticos, interconsultas urgentes, altas clínicamente imprescindibles, así como pruebas urgentes o inaplazables.
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Pruebas diagnósticas y consultas externas: se suspenden los mínimos salvo actuaciones urgentes no demorables, pacientes ingresados, diálisis, tratamientos oncológicos no diferibles y prestaciones obstétricas bajo modelo festivo.
Desde el SMS recuerdan que los servicios mínimos inicialmente establecidos tenían como objetivo garantizar la atención sanitaria urgente y no demorable en la Región de Murcia, sin menoscabar el derecho de huelga de los médicos.
Además, advierten de que equiparar la cobertura a un día festivo supone la cancelación de consultas, pruebas e intervenciones programadas, así como limitaciones en la valoración de pacientes hospitalizados, lo que repercute en la asistencia sanitaria.
El auto del TSJ y la posición de CESM
El Sindicato Médico de la Región de Murcia (CESM) valora el auto como una resolución “de especial trascendencia”, al considerar que los servicios mínimos fijados inicialmente excedían el estándar asistencial de un día festivo.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo aprecia que exigir durante una jornada de huelga porcentajes elevados de actividad ordinaria —como el 60% o incluso el 100% en áreas no vitales— carece de justificación técnica si la propia Administración certifica que la seguridad asistencial se mantiene en festivos con dotaciones inferiores.
El tribunal también ha tenido en cuenta la urgencia de la medida, dado que la orden fue publicada en sábado, lo que dificultaba una tutela judicial ordinaria antes del inicio de los paros.
La suspensión acordada es cautelar y provisional. El TSJ ha señalado comparecencia para el 19 de febrero, cuando decidirá sobre su ratificación o levantamiento.
Impacto de la huelga
En cuanto al seguimiento del paro, el SMS cifra en un 15% la participación de los facultativos durante la jornada de este lunes.
Como consecuencia, se han dejado de atender más de 2.000 consultas, se han suspendido 93 cirugías y cerca de 500 pruebas diagnósticas.
Desde CESM aseguran que durante la huelga se garantizarán las prestaciones urgentes y los tratamientos inaplazables, conforme al marco fijado por el tribunal, defendiendo que la decisión judicial mantiene el equilibrio entre el derecho fundamental de huelga y la protección de la salud de la ciudadanía.