¿Qué novedades trae la nueva ley 'solo sí es sí' que entra hoy en vigor?

Todo acto sexual sin un consentimiento claro se considerará agresión o violación
Imagen de archivo de una manifestación feminista.
Imagen de archivo de una manifestación feminista.

La nueva ley conocida como el 'solo sí es sí', entre hoy en vigor en todo el territorio nacional y se convierte en el único criterio válido ante los juzgados y cuerpos de seguridad en materia de violencia sexual, para proceder a la protección de la víctima y castigar el delito.

Una de las novedades más relevantes, es que a partir de ahora, todo acto sexual sin un consentimiento claro de la víctima se considerará agresión sexual o violación.

A continuación, enumeramos algunas novedades que trae la nueva ley "si solo es sí":

1-  Se acaba la distinción entre abuso y agresión sexual. Considerando que todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona se determina como una agresión.

2- Ya no existen las multas por abuso. Toda agresión se paga al menos con un año de cárcel.

3- La agresión sexual tiene penas de 1 a 4 años de cárcel y la violación de 4 a 10, pero existe un catálogo de agravantes que pueden elevan la pena. Una agresión sexual agravada puede llegar a los 6 años de cárcel y a 7 con doble agravación. En las violaciones, la agravada se movería entre 7 a 12 años y la muy agravada, entre 9 y 15.

4- Forzar a la pareja o expareja, es un agravante. Agredir a una expareja supone un mínimo de dos años más de cárcel y violarla, al menos tres.

5- Más pena por sumisión química (emborrachar o drogar a la víctima). Sumaría por sí sola a la pena entre 2 y 3 años de cárcel. La agresión con sumisión se pagaría con un mínimo de 6 años de cárcel y, si hay violación, con no menos de 7 a 12 años.

6- Acoso callejero es un nuevo delito. Castiga con localización, multa o trabajos comunitarios comportamientos o proposiciones sexuales hostiles, humillantes o intimidatorias. Exige denuncia y no incluye piropos que merezcan tal nombre.

7- Reeducación sexual obligada para los adolescentes condenados por delitos contra la libertad sexual tendrán, con independencia de la pena.

8-  Se desarrollan medidas procesales de acompañamiento a las víctimas, que incluye el evitar contacto visual con el presunto agresor o la declaración en salas especiales.

9- Toda madre a la que su pareja o expareja asesine a alguno de sus hijos tiene la condición de víctima directa de un delito violento, lo que le da derecho a recibir ayudas del Estado en caso de impago de las indemnizaciones por parte del autor del crimen.

10- Quienes agredan sexualmente o corrompa a un menor y quienes instiguen la prostitución serán privados de la patria potestad de sus hijos, de la tutela o del acogimiento por un plazo de cuatro a diez años. También deben suspenderse las visitas a los acusados por violencia de género.

11- Se crea un delito específico para castigar la solicitud de favores sexuales por parte funcionarios que trabajan en prisiones y centros de menores o de inmigrantes.

12- Las instituciones públicas, locales, regionales o estatales deben lanzar campañas regulares de concienciación para desvelar la crueldad y las vejaciones que hay detrás de la prostitución, con el objetivo de desincentivar a potenciales consumidores del sexo de pago

13- Control GPS frente a los violentos. No solo con la violencia de género sino también en las investigaciones del resto de las violencias machistas.

14- La ley prohíbe explícitamente publicar o divulgar datos o imágenes que permitan identificar a cualquier víctima de las violencias machistas. Se sancionarán con una multa a quien continúe la cadena de difusión de imágenes, normalmente íntimas, que lesionan los derechos a la privacidad de un tercero que nunca ha autorizado su difusión pública.

15- Se hace mención a un "servicio esencial" que declara todos los mecanismos de atención, asistencia y ayuda a las víctimas de cualquier violencia machista, incluidas las pulseras GPS, como servicios «esenciales». Deben estar garantizados en estados de alarma y situaciones excepcionales. Se ve imprescindible que todos los territorios cuenten con centros de crisis de 24 horas y compromete una financiación «suficiente» del Estado para garantizarlo.

16- El Gobierno tiene un año para enviar al Congreso sendas reformas de la ley del poder judicial y del estatuto fiscal para extender la competencia de los juzgados de violencia contra la mujer a la investigación de todas las violencias machistas y para especializar a los jueces y fiscales que se van a encargar de esta labor. También obligan a que cada área judicial cuente con su equipo de valoración forense contra las violencias machistas (incluidas las guardias), que trabaje por solventar todas las pruebas en un único examen y que dicten protocolos específicos para prevenir la violencia vicaria.