NORMATIVA

Los 27 dan luz verde final a las normas de transparencia de datos de mercado y empoderar a los inversores

La normativa facilitará que tanto los inversores profesionales como los minoristas accedan a información clave como el precio de los instrumentos y el volumen y el tiempo de las transacciones.
Más seguridad para los inversores
Más seguridad para los inversores

Los Veintisiete han dado este martes luz verde final a las nuevas normas para reforzar la transparencia de los datos de mercado a fin de ofrecer a los inversores acceso a la información necesaria para invertir en instrumentos financieros más fácilmente.

Los cambios se refieren al reglamento de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFIR) y a la directiva de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID), que regulan los servicios de inversión y las actividades de los mercados financieros en la UE.

Actualmente, los datos comerciales se encuentran dispersos en múltiples plataformas, como bolsas de valores y bancos de inversión, lo que dificulta que los inversores accedan a la información precisa y actualizada que necesitan para tomar decisiones, pero la revisión establecerá fuentes de datos centralizadas para diferentes tipos de activos, reuniendo datos de mercado proporcionados por plataformas en las que se negocian instrumentos financieros en la UE.

Esto facilitará que tanto los inversores profesionales como los minoristas accedan a información clave como el precio de los instrumentos y el volumen y el tiempo de las transacciones.

La revisión impone también una prohibición general del pago por flujo de órdenes, una práctica a través de la cual los corredores reciben pagos por reenviar órdenes de clientes a determinadas plataformas de negociación.

Los Estados miembro donde ya existía esta práctica podrán permitir que las empresas de inversión bajo su jurisdicción estén exentas de la prohibición, siempre que el pago por flujo de órdenes solo se proporcione a clientes en ese país. No obstante, esta práctica debe eliminarse gradualmente antes del 30 de junio de 2026.

Ahora que el procedimiento de adopción ha terminado, los textos se publicarán en el Diario Oficial de la UE y entrarán en vigor 20 días después. El reglamento se aplicará inmediatamente en todos los países de la UE, mientras que los gobiernos tendrán 18 meses para poner en vigor las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas necesarias para cumplir con la directiva.